lunes, 28 de mayo de 2012

Asiento giratorio

Este sistema llamado Turnout permite girar el asiento hacia afuera para facilitar la entrada y salida del automóvil en una persona que usa silla de ruedas o tiene movilidad reducida.

Asiento giratorio
El sistema Turnout consta de una base giratoria que se instala en los accesorios del piso del asiento original del vehículo. No se recomienda usar el asiento original ya que la altura no seria la adecuada dentro del vehículo, para ello vienen asientos especiales con un perfil mas bajo que permite adecuar bien la altura del asiento en el interior del vehículo.

El sistema viene disponible manualmente o accionándose de forma automática por medio de un control remoto. El automático permite a la persona centrase mejor en conseguir que sus pies estén por encima del nivel del piso al gira hacia afuera el asiento.

Sistema accionado a control remoto y sistema manual
El sistema ademas no daña el vehículo, ya que esta montado sobre la base del asiento original del vehículo lo que permite que se pueda volver a poner el asiento original a la hora de vender el auto.


Este sistema es seguro ya que fue probado y testeado de acuerdo a las actuales normas de seguridad en instalaciones para los vehículos de la ISO y la European regulations.

Mujer utilizando el asiento giratorio

lunes, 21 de mayo de 2012

Muestra de conducción manual

Sistema de adaptación para la mano izquierda
Esta adaptación consta de un sistema para la conducción manual del vehículo, equipado con un sistema especial en la mano derecha con la cual se realiza el acelerado y frenado. El uso de este dispositivo se adapta a toda aquella persona que padece problemas en la movilidad de sus extremidades inferiores, como consecuencia de una lesión medular o por algún otro motivo. A su vez también existe el sistema de adaptación para la mano izquierda, la cual se utiliza para las acciones antes mencionadas para la mano derecho.
En el video a continuación se puede ver el sistema adaptado para la conducción manual para la mano derecha.

viernes, 18 de mayo de 2012

Dispositivos para la conducción

Aro sobrevolante
Aro sobrevolante: acelerador electrónico de aro concéntrico por encima del volante. Sistema de graduación adaptable a cualquier diámetro de volante. Instalable sin necesidad de sustituir el volante. Mantiene el AIR-BAG.



Aro bajovolante









Aro bajovolante: el sistema de aceleración está formado por un aro revestido de piel, puesto debajo del volante. Tal solución permite acelerar con una simple tracción del aro hacia el volante sin abandonar el primero. La parte electrónica del dispositivo se integra con la original de la misma garantizando buena presentación y gran seguridad. El aro situado así permite mantener perfectamente visibles los instrumentos del panel.

Freno de mano eléctrico




Freno de mano eléctrico: este dispositivo, constituido por un pequeño motor, permite accionar eléctricamente el freno gracias a un interruptor. Se puede instalar en cualquier vehículo, sea con freno de estacionamiento a pedal o sea a mano.





Inversor de luces


Inversor de luces: comando para indicadores de intermitentes, luces y bocina. Permite utilizar con una mano todos los servicios del dispositivo. Dotado de iluminación. Adaptable a cualquier tipo de automóvil.





Mano vocal


Mando vocal: mando accionado por la voz. Hace funcionar toda la parte electrónica de luces, intermitentes, bocina, limpiaparabrisas, etc.



















Pomo para el volante
Pomos para el volante: son utilizados por conductores con falta de funcionalidad en algún miembro superior. Pueden ser instalados en vehículos con cambio automático y dirección asistida. Permiten sujetar con facilidad el volante y pueden también ser extraídos con facilidad. Se colocan en el volante a la derecha o a la izquierda, según la necesidad.











Central de comandos
Central de comandos de rayos infrarrojos: mínimas dimensiones, permite maniobrar el volante con el brazo válido. Permite accionar fácilmente las funciones: intermitentes, luces cortas, luces largas, bocina, limpiaparabrisas. Dotado de iluminación.

miércoles, 9 de mayo de 2012

Más adaptaciones

Sistema de rampa trasera para el vehículo
¿Cómo acelera el coche una persona que no puede mover sus piernas? ¿Cómo cambia de marcha o frena? Las personas con discapacidades físicas también conducen, por supuesto, aunque para ello deban superar algunas trabas. Una de ellas es la adaptación que han de realizar de sus vehículos. En España existen numerosas empresas que se dedican a adaptarlos en función de las necesidades concretas de cada minusválido.
El costo de esas modificaciones depende de muchos factores y puede ascender a 4.500 euros.
Sistema de rampa lateral para el vehículo



Cada vehículo se adapta a las necesidades
específicas en función del tipo de discapacidad de
la persona que lo vaya a conducir". Además, aunque dos individuos puedan tener la misma lesión, cada uno contará con unos hábitos de conducción propios. Asimismo, estos vehículos podrán ser conducidos también por una persona que no tenga ninguna minusvalía, únicamente deberá desconectar los mecanismos especiales.

Ubicación del conductor dentro del vehículo 
El acelerador se acciona mediante un aro situado encima del volante, del mismo tamaño que éste último, lo que permite al conductor mantener la velocidad que desea sin soltar las manos de la dirección. Empuja el aro hacia el volante original y
de esta forma va aumentando la velocidad. Por su parte, el freno, que sale de uno de los lados del volante, bien el izquierdo o el derecho, tiene forma de palanca.

Las adaptaciones más demandadas son aquellas que pasan por instalar los distintos mecanismos de conducción en el volante, sustituyendo así los pedales de los coches tradicionales. De este modo, una persona parapléjica podrá manejar con las manos el acelerador, el freno y el embrague. Asimismo, suele optar por un cambio de marchas automático.


Acelerador, freno y embrague en el volante

domingo, 6 de mayo de 2012


Beneficios para la adquisición de automóviles adaptados.

La necesidad de desenvolverse con libertad e independencia no debe reducirse tan sólo a las personas que no tengan problemas físicos o motrices. Aquellos que presentan dificultades motrices deben tener la posibilidad de integrarse en el tránsito con total naturalidad. Poder manejar un vehículo es una manera de tener independencia y por eso los automóviles deben adaptarse a ellos.

La persona discapacitada debe saber que en el país hay leyes dictadas de franquicias tributarias para la adquisición de automotores (Ley 19.279, modificada por las leyes 22.499 y 24.183).

Basta que una falta de movilidad le impida o dificulte el uso de transporte público para que pueda utilizar su automóvil propio adquirido con los siguientes beneficios:

Una contribución del Estado para adquirir un vehículo de industria nacional que no superará el 50% del precio de contado de venta al público del automóvil estándar sin accesorios opcionales ni comandos de adaptación.
Adquisición de un automóvil de origen extranjero modelo estándar, sin accesorios opcionales, con los mecanismos de adaptación necesarios. La autoridad de aplicación podrá autorizar la importación para consumo de los comandos de adaptación necesarios para incorporarlos a un auto de producción nacional.

En ambos casos las importaciones estarán exentas del pago de derechos de importación, de las tasas de estadísticas y por el servicio portuario, y de los impuestos internos y al valor agregado.

Se requiere para la solicitud una evaluación médica, la regularización impositiva y la demostración de ingresos suficientes para la adquisición del vehículo.

Para tramitar la franquicia para la compra de un auto para discapacitados hay que dirigirse a la sede del Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250, CABA).

Los requisitos son:
Solicitud de franquicia.
Certificado médico original.
Fotocopia del DNI/LC/LE del Solicitante.
Fotocopia del registro de conducir del beneficiario.
Fotocopia del DNI/LC/LE y de la licencia vigente de un familiar conviviente en caso de que el solicitante no conduzca.
Curatela/Tutela (sólo en aquellos casos en que el interesado padezca discapacidad mental y sea mayor de 21 años).
Original de la resolución de la AFIP (donde se acredita capacidad económica del solicitante y/o núcleo familiar).
Factura pro forma original o fotocopia intervenida por la AFIP (de un automotor standard, que debe estar homologado por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, y el de menor precio dentro de los de su modelo).

Si el vehículo es nacional, la bonificación que establece la reglamentación es del 21%. Si se trata de modelos importados, los descuentos están en el orden del 40% (no se incluye el IVA, derecho de importación, tasa portuaria y otros), pero no se puede superar los 23.000 dólares.

Lo curioso es que estas bonificaciones sólo alcanzan las versiones base, por lo que elementos de confort como el aire acondicionado o los levantavidrios eléctricos deben pagarse en su totalidad cuando se ofrecen como opcionales del modelo elegido.

Además no todas las personas que presenten alguna discapacidad pueden obtener los beneficios que otorga la ley para la compra de vehículos con descuento. Es necesario tramitar el certificado correspondiente en el Servicio Nacional de Rehabilitación (cuyos beneficios son: pase libre de transporte, símbolos de acceso para el auto y exención de patentes).

Sin embargo no cualquier persona con un certificado de discapacidad tiene derecho al beneficio de la franquicia. En la Disposición 394/2006 se detallan los criterios de valoración aprobados según la Ley N°19.279 por tipo y grado de discapacidad. Por ejemplo, a un discapacitado auditivo no le corresponden los beneficios de esta ley, dado que puede movilizarse por sus propios medios a través del transporte público. No así una persona con discapacidad motriz o cognitiva, que necesita de un auto para trasladarse, ya sea por sus propios medios o ayudado por otra persona.

Sitios sugeridos
www.snr.gov.ar “Servicio Nacional de Rehabilitación”. Donde se tramita el certificado de discapacidad.
www.infoleg.gov.ar. Donde descargar la disposición 394/2006 que establece los criterios de valoración de discapacidad para obtener el beneficio de la franquicia para la compra de un auto.
http://200.69.252.41/hypersoft/Normativa/NormaServlet?id=2761. Ley 19279/71.